1. Régimen Jurídico (Código Civil)

Este es un Arrendamiento de Habitación de Temporada regulado estrictamente por los artículos 1542 a 1582 del Código Civil español. Al presentar esta solicitud, usted reconoce que:

  • Dispone de residencia habitual en otro lugar.
  • Alquila por una causa temporal concreta y justificada (trabajo, estudios, etc.).
  • Este contrato NO otorga derecho a vivienda habitual y queda excluido del ámbito de la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos).

2. Requisitos Económicos

  • Solvencia: Debe acreditar ingresos suficientes para hacer frente a la renta (nóminas, declaración de la renta, etc.).
  • Fianza: Es obligatorio abonar una fianza equivalente a 1 mes de renta.
  • Penalización por permanencia indebida: 50 €/día por cada día de permanencia una vez vencido el contrato.

3. Normas de Ocupación

  • Habitaciones 1 y 2: Máximo 2 personas (+ 80 €/mes por la segunda persona).
  • Habitación 3: Máximo 1 persona, sin excepción.
  • Visitas: No se permiten pernoctaciones de visitas.
  • Horario de silencio: Se respetará el silencio entre las 22:00 y las 08:00 horas.

4. Suplemento de Suministros

Se incluye un suplemento fijo de 60 €/mes por habitación en el pago mensual total. Este suplemento cubre el agua, la electricidad y el internet de alta velocidad.

  • El suplemento es fijo y no varía con las fluctuaciones estacionales normales.
  • Si el total de las facturas del hogar (electricidad + agua + internet) en cualquier mes natural supera los 60 € por habitación ocupada, el exceso se dividirá a partes iguales entre las habitaciones ocupadas y se añadirá a la renta del mes siguiente, junto con copia de las facturas correspondientes.
  • Se espera que los inquilinos hagan un uso responsable de los suministros. El consumo excesivo o derrochador (p. ej., calefacción o aire acondicionado en marcha con puertas/ventanas abiertas) se considerará incumplimiento de la política de uso razonable.

5. Renuncia a la Visita Presencial

El solicitante acepta alquilar la propiedad basándose en las fotos y/o vídeos facilitados, renunciando expresamente al derecho de visita física previa a la firma del contrato, reconociendo el estado de la propiedad tal y como se muestra en dichos materiales.

6. Normas de la Casa

  • Tabaco y seguridad contra incendios: Está prohibido fumar en el interior de la vivienda. También quedan prohibidas en el interior las velas, el incienso, los quemadores de aceite y cualquier otra fuente de llama abierta o riesgo de incendio. Solo se permite fumar en las zonas exteriores habilitadas.
  • Mascotas: No se permiten mascotas salvo autorización expresa y por escrito del propietario.
  • Limpieza de zonas comunes: Los inquilinos deberán organizarse entre ellos para mantener limpias y en buen estado todas las zonas comunes. Cada inquilino deberá limpiar después de cada uso de la cocina, los baños, el salón y demás espacios compartidos. Está prohibido dejar alimentos abiertos fuera de los armarios o en la encimera durante la noche. La negativa reiterada a colaborar en la limpieza y mantenimiento de las zonas comunes podrá considerarse incumplimiento de las normas de convivencia.
  • Paredes y elementos fijos: No se permite colgar, clavar, atornillar, pegar ni fijar objetos en las paredes, puertas, armarios u otras superficies de la vivienda sin autorización previa y por escrito del propietario.
  • Equipos de colada: Los tendederos deberán guardarse dentro del cuarto de lavado después de su uso. No deberán dejarse en el exterior, ya que la exposición a la intemperie provoca óxido y deterioro.
  • Basura: Los inquilinos deberán organizarse entre ellos para sacar la basura con regularidad y evitar su acumulación dentro de la vivienda. El cuarto de basura está a la izquierda al salir de la casa, siguiendo la misma calle, detrás de las puertas blancas.
  • Ruidos y fiestas: El horario de silencio es de 22:00 a 08:00. No se permite la reproducción de música o vídeos a alto volumen en zonas comunes ni en habitaciones si puede molestar a otros inquilinos o vecinos. No se permiten fiestas ni eventos en la vivienda.
  • Suministros: Incluidos en el suplemento fijo de 60 €/mes por habitación. Si el total de facturas en un mes supera los 60 € por habitación ocupada, el exceso se reparte entre las habitaciones ocupadas. Se espera un uso responsable de la energía y el agua.
  • Seguridad: Es obligatorio cerrar la puerta de acceso con llave al abandonar la vivienda. Deberán cerrarse las ventanas al salir cuando así lo requieran la seguridad o las condiciones meteorológicas, y deberá utilizarse correctamente la alarma si estuviera activada. Queda prohibido realizar copias de llaves sin autorización expresa y por escrito del propietario. No está permitido facilitar el acceso a personas no autorizadas.
  • Actividades ilegales: Queda terminantemente prohibida cualquier actividad ilegal, peligrosa, insalubre o gravemente perturbadora del orden dentro de la vivienda.
  • Visitas: Las visitas deberán respetar a los demás inquilinos y las presentes normas. No se permiten pernoctaciones de visitas, por respeto a los demás inquilinos y a la ocupación máxima acordada de la vivienda. El inquilino será plenamente responsable del comportamiento de sus visitas durante su estancia en la propiedad.
  • Daños y comunicación de incidencias: El inquilino deberá comunicar sin demora fugas, roturas, plagas, incidencias de seguridad u otros problemas relevantes que afecten a la vivienda. Será responsable de los daños causados por él o por sus visitas, más allá del desgaste normal por uso, y podrá exigírsele el coste razonable de reparación o reposición.

7. Inventario y Daños

A la firma del contrato se realizará un inventario del mobiliario y estado de la habitación. El inquilino será responsable de cualquier daño o desperfecto causado por él o sus invitados, más allá del desgaste normal por uso, y podrá exigírsele la reparación del daño o el coste razonable de reparación o reposición. La fianza podrá retenerse total o parcialmente para cubrir dichos daños o deudas pendientes (renta, suministros, limpieza).

8. Resolución del Contrato

  • El incumplimiento grave, o reiterado tras requerimiento escrito, de las normas de convivencia, el impago de la renta, el subarrendamiento no autorizado o cualquier uso fraudulento del inmueble podrán dar lugar a la resolución anticipada del contrato sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
  • La finalización anticipada voluntaria por parte del inquilino no dará derecho a la devolución de la renta anticipada salvo pacto expreso por escrito.